A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Robles Dávila Jesus Fredy·Respondent Robles Dávila Jesus Fredy
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración de cosa juzgada
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy y el Cabildo Indígena Inga del Corregimiento de San Pedro.
Teniendo en cuenta que la Sala Plena de la Corporación encontró que en el presente asunto no existe ningún conflicto de competencia por resolver, puesto que el conflicto ya fue resuelto por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en auto del 30 de noviembre de 2020, la Sala Plena no puede realizar un análisis de fondo, sino que corresponde estarse a lo resuelto por dicha autoridad, ya que esa decisión hizo tránsito a cosa juzgada y, por lo tanto, no procede revocar o reformar el fallo que puso fin a la controversia.
En mérito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional, resolvió ESTARSE A LO RESUELTO por el Consejo Superior de la Judicatura en Auto del 30 de noviembre de 2020, en el cual se decidió que la competencia para conocer de este asunto correspondía a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal, específicamente, al Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy-Putumayo y enviar el expediente al precitado operador jurídico, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (23 points)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO por el Consejo Superior de la Judicatura en Auto del 30 de noviembre de 2020, en el cual se decidió que la competencia para conocer de este asunto correspondía a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal y, específicamente, al Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy-Putumayo.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-198 al Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy-Putumayo, conforme a lo dispuesto en el Auto del Consejo Superior de la Judicatura para que proceda con lo de su competencia, y comunique la presente decisión al Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy-Putumayo y a los interesados.
- TERCERO. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- Ausente con permiso
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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